Reglamento

Banco de Salud S.L.

Dirección: Calle de la Princesa, 22, Madrid, 28008
Correo electrónico: redaccion@banco-de-salud.es
Responsable del Reglamento: Isabella Martínez


Este reglamento tiene como objetivo establecer las normas y directrices internas para el correcto funcionamiento de Banco de Salud S.L., con sede en Calle de la Princesa, 22, Madrid. Es de cumplimiento obligatorio para todos los empleados, contratistas y colaboradores de la empresa, así como para cualquier persona que se relacione con la empresa en el marco de sus actividades.

2.1 Jornada Laboral

  • La jornada laboral estándar es de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas, con una pausa para el almuerzo de 13:00 a 14:00 horas.
  • Los empleados deberán cumplir con un total de 40 horas semanales, salvo acuerdos específicos de contrato.

2.2 Horas Extras

  • Las horas trabajadas fuera del horario laboral estándar deberán ser previamente autorizadas por el supervisor correspondiente y se compensarán de acuerdo con la legislación vigente.

3.1 Registro de Asistencia

  • Todos los empleados deben registrar su entrada y salida a través del sistema de control de asistencia de la empresa.

3.2 Tardanzas y Ausencias

  • Cualquier retraso o ausencia debe ser notificado al supervisor inmediato lo antes posible, indicando la razón y, en su caso, el tiempo estimado de llegada o regreso.

4.1 Comportamiento Profesional

  • Se espera que todos los empleados mantengan un comportamiento profesional en todo momento, respetando a colegas, superiores y clientes.

4.2 Confidencialidad

  • Todos los empleados deben mantener la confidencialidad de la información sensible relacionada con la empresa, sus clientes y sus operaciones.

4.3 Uso de Recursos de la Empresa

  • Los recursos de la empresa, incluyendo equipos electrónicos, papelería y otros suministros, deben ser utilizados únicamente para fines relacionados con el trabajo.

5.1 Seguridad en el Lugar de Trabajo

  • La empresa se compromete a proporcionar un entorno de trabajo seguro. Todos los empleados deben cumplir con las normas de seguridad establecidas y reportar cualquier situación de riesgo.

5.2 Salud Laboral

  • Se promoverá el bienestar físico y mental de los empleados mediante iniciativas de salud y programas de apoyo. Cualquier problema de salud que pueda afectar al desempeño laboral debe ser comunicado al departamento de Recursos Humanos.

6.1 Procedimiento

  • Los conflictos internos deben ser resueltos inicialmente de manera informal entre las partes involucradas. Si no se llega a una solución, se deberá elevar el asunto al supervisor inmediato o al departamento de Recursos Humanos.

6.2 Comité de Mediación

  • La empresa cuenta con un Comité de Mediación encargado de abordar conflictos más serios o recurrentes, garantizando un proceso justo y equitativo para todas las partes.

7.1 Correo Electrónico y Comunicaciones

  • El uso del correo electrónico corporativo debe ser exclusivo para asuntos laborales. Se prohíbe el uso de las cuentas de correo de la empresa para fines personales.

7.2 Seguridad Informática

  • Los empleados deben seguir las directrices de seguridad informática, incluyendo el uso de contraseñas seguras y la protección de la información confidencial.

8.1 Igualdad de Oportunidades

  • Banco de Salud S.L. se compromete a proporcionar igualdad de oportunidades a todos los empleados y candidatos, sin discriminación por motivos de género, raza, religión, orientación sexual, edad, discapacidad u otro criterio protegido por la ley.

8.2 Prevención del Acoso

  • La empresa tiene una política de tolerancia cero hacia el acoso en cualquiera de sus formas. Cualquier incidente de acoso debe ser reportado inmediatamente y será tratado con la máxima seriedad.

9.1 Programas de Capacitación

  • La empresa ofrece programas de capacitación continua para el desarrollo profesional de sus empleados, incluyendo formación técnica y de habilidades blandas.

9.2 Evaluaciones de Desempeño

  • Las evaluaciones de desempeño se realizarán anualmente para identificar áreas de mejora y oportunidades de crecimiento profesional.

10.1 Modificaciones al Reglamento

  • Cualquier modificación a este reglamento será comunicada a todos los empleados con al menos 30 días de antelación. Se anima a los empleados a revisar periódicamente el reglamento y mantenerse informados sobre sus derechos y responsabilidades.

10.2 Aceptación del Reglamento

  • La firma de un contrato con Banco de Salud S.L. implica la aceptación de este reglamento. Cualquier incumplimiento podrá ser motivo de sanción, incluyendo la terminación del contrato de trabajo.

Para cualquier consulta o aclaración sobre este reglamento, los empleados pueden dirigirse al departamento de Recursos Humanos o enviar un correo electrónico a redaccion@banco-de-salud.es.